Publica Infonavit reglas obligatorias para la afiliación de trabajadores de plataformas digitales

El DOF señala que la responsabilidad de inscribir a los repartidores y conductores comienza desde su primer día de trabajo, y esta inscripción ante el Instituto Mexicano del Seguro Social y el Infonavit es inexcusable, debiendo realizarse desde el inicio de la relación laboral.

A partir de nuevas disposiciones oficiales, los conductores y repartidores que operan a través de plataformas digitales en México deberán ser afiliados obligatoriamente al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit), mientras que sus patrones asumirán responsabilidades laborales y fiscales similares a las del empleo tradicional.

El Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó las reglas que norman esta afiliación, derivadas del Capítulo IX BIS de la Ley Federal del Trabajo, donde se reconoce formalmente la relación laboral entre los operadores de plataformas y las empresas que administran dichos servicios.

Según lo dispuesto, los empleadores —personas físicas o morales que gestionen plataformas digitales— están obligados a inscribirse ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y a registrar a sus trabajadores, lo que conlleva automáticamente su incorporación al Infonavit.

Como parte de estas obligaciones, deberán cubrir una aportación equivalente al 5% del salario de cada trabajador, la cual se calculará con base en mensualidades vencidas y deberá entregarse de forma bimestral.

Las reglas también estipulan mecanismos de supervisión por parte del Instituto. Las empresas deberán facilitar inspecciones y visitas domiciliarias, así como atender requerimientos de información por cualquier medio autorizado. El incumplimiento en las aportaciones implicará recargos, actualizaciones y sanciones conforme al Código Fiscal de la Federación.

El DOF señala que la responsabilidad de inscribir a los repartidores y conductores comienza desde su primer día de trabajo, y esta inscripción ante el Instituto Mexicano del Seguro Social y el Infonavit es inexcusable, debiendo realizarse desde el inicio de la relación laboral.

Además, los patrones deberán notificar al Infonavit cualquier cambio en el domicilio fiscal, razón social, altas, bajas o modificaciones en el salario del personal, a fin de cumplir con las obligaciones en materia de seguridad social. Las aportaciones deberán efectuarse incluso si el trabajador ya se encuentra pensionado o afiliado bajo la modalidad de continuación voluntaria.

Nuevas fórmulas para calcular ingresos netos

Paralelamente, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) publicó disposiciones complementarias que entrarán en vigor el 1 de julio de 2025, enfocadas en el cálculo del ingreso neto mensual de los trabajadores de plataformas digitales. Estas medidas buscan clarificar los criterios económicos aplicables y adecuar la relación laboral a la realidad operativa del sector.

El ingreso neto será determinado mediante un porcentaje de exclusión aplicado al ingreso bruto generado por el trabajador. Este porcentaje variará dependiendo del tipo de actividad, el uso de herramientas tecnológicas y el medio de transporte empleado para prestar los servicios.

En cuanto a las diferencias por tipo de vehículo, se establecen criterios específicos: los trabajadores que utilicen automóviles de cuatro ruedas podrán tener una deducción de hasta el 36%, mientras que quienes operen con bicicletas o sin vehículo propio tendrán una exclusión máxima del 12%.

El secretario del Trabajo, Marath Baruch Bolaños López, destacó que estas medidas buscan una compensación justa para quienes asumen costos operativos con recursos propios.

“El trabajo en plataformas digitales es de naturaleza flexible, por lo que se necesita un ajuste que permita compensar de manera proporcional a los trabajadores por los recursos que emplean, como los vehículos o las herramientas tecnológicas proporcionadas por el patrón”, establece el artículo 291-F.

Asimismo, las nuevas reglas establecen que si un trabajador digital percibe ingresos equivalentes a un salario mínimo mensual, deberá ser asegurado por el IMSS, siendo obligación del patrón calcular y reportar las cuotas correspondientes.

Finalmente, se aclaró que los contratos de arrendamiento de vehículos usados para fines laborales no se considerarán una relación de empleo entre el arrendador y el operador, sino actos jurídicos de naturaleza civil, conservando la relación laboral exclusivamente entre el trabajador y la plataforma.

La implementación de estas normativas busca responder a la demanda de regularización laboral en un sector que ha crecido aceleradamente, pero que hasta ahora operaba con escasa claridad jurídica y sin garantías mínimas de seguridad social.

Los porcentajes de exclusión serán aplicados con mayor amplitud durante el primer trimestre de vigencia y se ajustarán progresivamente a partir de enero de 2026, en función de los resultados observados.

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