La ministra Yasmín Esquivel Mossa advirtió que permitir la reapertura de todos los juicios en México vulneraría el principio de cosa juzgada, durante la discusión del amparo directo en revisión 6585/2023 celebrada este miércoles en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
El debate enfrentó a ministras y ministros sobre si es legal reexaminar asuntos con sentencia firme bajo el concepto de “cosa juzgada fraudulenta”.
La discusión surgió porque la legislación mercantil no contempla la nulidad de un juicio concluido, lo que impidió aplicar la figura prevista en el Código de Procedimientos Civiles de la Ciudad de México.
El proyecto, elaborado por la ministra Loretta Ortiz Ahlf, proponía declarar improcedente una acción de nulidad de juicio concluido al considerar que el Código de Comercio no prevé ese mecanismo extraordinario.
Ortiz señaló que, aunque su postura personal difiere, debía someter el proyecto con base en precedentes obligatorios de la integración anterior del Pleno.
“Voy a someter el proyecto conforme al criterio de la mayoría, porque somos una Suprema Corte de Justicia que ha cambiado de integración… estoy obligada por los precedentes de los que nos precedieron”, advirtió Ortiz al iniciar la discusión.
La ministra agregó que estaría dispuesta a elaborar una nueva propuesta si se justificaba abandonar el criterio vigente, pero consideró necesario exponer el parámetro actual para que el Pleno decidiera su eventual modificación.
Pese a ello, la mayoría conformada por Ortiz, Lenia Batres, Giovanni Figueroa, Irving Espinosa y Hugo Aguilar votó contra el proyecto, argumentando que la Corte sí debe poder revisar sentencias obtenidas mediante prácticas irregulares, aunque la ley procesal no contemple expresamente la figura de nulidad de juicio concluido.
La ministra Lenia Batres defendió la necesidad de que el máximo tribunal cuente con herramientas para invalidar resoluciones fraudulentas.
“Nuestro sistema de justicia permite este tipo de fraudes a la justicia, y creo que esta Corte debería tener algún tipo de recurso para nulificar este tipo de sentencias ajenas a la ley”, sostuvo Batres durante la sesión.
La ministra también reprochó que Ortiz presentara un proyecto con el que no coincidía plenamente, lo que generó tensiones en el Pleno.
“No estoy de acuerdo en que se utilicen prácticas en las que los ministros no están de acuerdo con lo que nos plantean […] no le respondemos a la sociedad en términos privados, sino sociales”, añadió Batres.
La respuesta de Ortiz llegó de inmediato al resaltar que las decisiones adoptadas no derivan de criterios personales, sino de la obligación institucional de garantizar la coherencia y la seguridad jurídica mediante la aplicación del sistema de precedentes.
“No comparto la calificación como ‘práctica indebida’ […] No se trata de una opinión discrecional, sino del cumplimiento de un mandato que establece la aplicabilidad del sistema de precedentes”, expresó la ministra Ortiz Ahlf.
Del lado contrario, Yasmín Esquivel Mossa sostuvo que permitir revisiones ilimitadas pondría en riesgo la certeza jurídica de las personas. Recordó que la cosa juzgada es un pilar del Estado de derecho, pues otorga firmeza a las decisiones judiciales y evita litigios indefinidos.
“La cosa juzgada representa la seguridad jurídica en nuestro país, la certeza […] Si la ley no lo establece, no debemos nosotros por qué establecerlo adicionalmente”, advirtió Esquivel.
La ministra también alertó sobre las implicaciones institucionales de crear nuevas instancias judiciales sin sustento legal.
“Más preocupante debe ser que la propia Suprema Corte de Justicia invente instancias judiciales que ni siquiera el propio legislador consideró”, recalcó.
Esquivel enfatizó que la nulidad de juicio concluido, al ser una vía extraordinaria, solo procede ante violaciones graves cuando la ley lo contempla expresamente. En su ausencia afirmó —no es posible tomar disposiciones de un ordenamiento ajeno para aplicarlas en otra materia—.
