SICT reitera que Uber y otras apps no tienen autorización para operar en aeropuertos

La aclaración surge en un contexto donde Uber y DiDi dominan la demanda de transporte en ciudades como Ciudad de México, Guadalajara y Monterrey.

La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) informó que los servicios de transporte de pasajeros ofrecidos mediante aplicaciones móviles, como Uber, DiDi, Cabify, Beat o InDriver, no cuentan con autorización federal para operar en los aeropuertos del país.

A través de un comunicado oficial, la dependencia señaló que dichas empresas carecen de permiso expedido por la autoridad competente para realizar traslados de o hacia las terminales aéreas nacionales.

De acuerdo con la Dirección General de Autotransporte Federal (DGAF), los servicios de este tipo no están incluidos dentro de los esquemas autorizados para la transportación de pasajeros en zonas aeroportuarias, por lo que su operación no está permitida bajo la normatividad vigente.

“Los servicios que se brindan a través de las empresas de aplicación no cuentan con autorización expedida por la Secretaría para prestar estos servicios de transportación”, afirmó la SICT en su comunicado.

La dependencia explicó que Uber promovió un amparo judicial ante los tribunales federales en respuesta a los operativos realizados por la Guardia Nacional en distintos aeropuertos, los cuales verifican que los prestadores de transporte cuenten con los permisos correspondientes.

Dichas acciones derivaron en la intervención del Juzgado Décimo Tercero en Materia Administrativa de la Ciudad de México, que resolvió otorgar una suspensión provisional a la empresa.

Según la resolución, la suspensión tiene como objetivo garantizar que los operativos de inspección se ejecuten conforme a la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, así como al reglamento aplicable, con el propósito de prevenir actos arbitrarios o discriminatorios durante las revisiones.

“El juzgado otorgó una suspensión a la empresa para que los operativos de la Guardia Nacional se realicen conforme a la normatividad establecida […] evitando que estos sean arbitrarios y discriminatorios, lo que no implica una autorización para la prestación de estos servicios”, puntualizó la SICT.

La Secretaría subrayó que la medida judicial no constituye una autorización para que las plataformas tecnológicas operen en los aeropuertos, sino que únicamente delimita el procedimiento de verificación.

Por su parte, la SICT exhortó a los usuarios a utilizar los servicios de transporte autorizados, como taxis concesionados, servicios turísticos y autobuses que cuentan con permisos federales para operar hacia y desde los aeropuertos del país.

“Se informa a los usuarios que podrán seguir utilizando los servicios autorizados de taxis en los aeropuertos, servicios turísticos y autobuses autorizados hacia puntos específicos”, añadió la dependencia.

A su vez, las autoridades reiteraron que el cumplimiento de la normatividad vigente es obligatorio para cualquier empresa o plataforma que pretenda ofrecer transporte de pasajeros en territorio federal, incluyendo los accesos y zonas de influencia de los aeropuertos.

La aclaración ocurre en un contexto en el que las plataformas digitales de movilidad continúan ampliando su presencia en México, especialmente en grandes ciudades como Ciudad de México, Guadalajara y Monterrey, donde aplicaciones como Uber y DiDi concentran buena parte de la demanda de transporte individual.

Sin embargo, las operaciones en zonas bajo jurisdicción federal, como las terminales aéreas, siguen sujetas a regulaciones específicas.

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